El proyecto de presupuesto del Estado para 2024 entraña una serie de desafíos, algunos de muy difícil solución, pero otros que pueden remediarse en el proceso de aprobación del Congreso
Como cada año, el Congreso está en vías de analizar,
para su eventual aprobación, el proyecto de presupuesto para el ejercicio
fiscal 2020 que el gobierno le presentó hace unas semanas. Este proceso es muy
relevante, ya que el presupuesto de ingresos y egresos del Estado es una
herramienta clave de gobierno, pues constituye un resumen explícito de la
política fiscal y refleja en gran medida sus intenciones frente a los problemas
económicos del país. Para el nuevo gobierno que toma posesión en enero, contar
con un presupuesto debidamente aprobado que guíe su accionar financiero es de
crucial importancia y, para ello, es esencial que el Congreso tome en
consideración una serie de aspectos que debe sopesar cuidadosamente.
Una de las debilidades, no de este proyecto, sino de
casi todos los presupuestos de los últimos años es que, debido a las
asignaciones fijas (a las municipalidades, al deporte, a la universidad,
etcétera) a las que obligan la Constitución y otras leyes, el presupuesto se ha
vuelto extremadamente rígido: existe apenas una flexibilidad para implementar
políticas públicas e inversión por parte del ejecutivo de solo un 15.6% del
total del gasto, lo que implica que el 84.4% de los egresos ya se encuentra
irremediablemente comprometido. A eso se debe en gran medida que la prioridad
en el gasto público ha sido el rubro de funcionamiento, en detrimento de la
inversión, lo que se ha convertido en un problema estructural: hace diez años
el 28% del gasto se destinaban a obra pública; hoy, solo 17% del mismo se
dedica a tal fin.
Además de las rigideces derivadas de mandatos
constitucionales o legales, también destacan las relacionadas con la planilla
de los servidores públicos: para 2020, el porcentaje del presupuesto que se
destinaría a salarios sigue aumentando y ascendería a un 39% del total, sin que
se pueda evaluar la calidad de dicho gasto. Esto clama porque se cumpla a
cabalidad lo establecido en el Decreto 29-2016, que obliga a todas las
entidades del sector público a publicar información de los empleados públicos, y
porque se cuente, cuanto antes, con un inventario completo (y actualizado en
tiempo real) de todos los trabajadores del Estado.
Tal vez algo de la ineficiencia que dichas rigideces
acarrean, podría reducirse si se prestara más atención al destino y
fiscalización del gasto de los gobiernos locales (municipalidades y consejos de
desarrollo) que, por desgracia, no suele estar alineado con las políticas
públicas del Estado. Es necesario también evaluar la práctica de destinar
recursos públicos a ONGs para que presten servicios que –estrictamente
hablando- le corresponde prestar al gobierno y, de juzgarse necesaria la
prestación de tales servicios por entes ajenos al Estado, debe evaluarse la
conveniencia de que estos se adquieran en el marco de la Ley de Contrataciones
del Estado.
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