La poca eficiencia de la administración de justicia en
Guatemala está relacionada con temas de tipo administrativo: desde la
administración de personal hasta el procesamiento de casos, pasando por temas
presupuestarios. El principal problema es que los jueces mismos están a cargo
de los asuntos administrativos, sin tener el suficiente entrenamiento contable,
financiero o gerencial. El resultado es una severa ineficiencia en flujo de
casos, en su manejo y evacuación, así como en su registro y archivo.
Si bien la mayoría de jueces y magistrados se quejan
de sus múltiples responsabilidades administrativas, muchos no parecieran estar
dispuestos a delegar esas tareas a personas especializadas en ello. Quizá
algunos jueces perciben que el autorizar compras o el firmar cheques (labores que
los distraen dramáticamente de su función esencial de juzgar) les significa
poder y estatus. Es más, se sabe de jueces que delegan sus responsabilidades
judiciales a sus oficiales asistentes, reservándose para sí las actividades
administrativas con las que puedan obtener privilegios.
Para corregir esta disfuncionalidad del sistema es
recomendable que se adopten a lo interno de las cortes (no sólo en el Organismo
Judicial –CSJ-, sino también en los otros tribunales superiores, el Supremo
Electoral –TSE- y la Corte de Constitucionalidad –CC-) prácticas contrastadas
de buen gobierno corporativo (también conocido como “gobernanza”, que es el
conjunto de procesos mediante el cual una entidad toma decisiones y las lleva a
la práctica). La piedra angular del buen gobierno corporativo es que las
instituciones se vuelvan más eficientes, transparentes y comprometidas con el
cumplimiento de sus fines.
Los elementos de un buen gobierno corporativo que
podrían ser fundamentales para mejorar la eficiencia de las cortes incluyen el
explicitar con claridad su mandato y su compromiso hacia la sociedad, el
someterse periódicamente a auditorías externas –no sólo de tipo financiero,
sino de sistemas y control en general-, así como el difundir sistemáticamente
la información pública respecto de sus cuentas y sus actuaciones. Y uno de los
elementos más deseables es el de separar las funciones administrativas de las
jurisdiccionales.
Para el efecto, conviene asemejar las funciones del
tribunal superior (ya sea la CSJ, la CC o el TSE) con las de una junta
directiva de cualquier organización. Como tal, el tribunal superior es responsable
del desempeño de largo plazo de la institución; esto es, establecer las
estrategias y reglas para alcanzar sus objetivos. Por lo tanto, su ámbito de
acción no está en el manejo del día a día, sino en la toma de decisiones
estratégicas y el establecimiento de normas generales, así como en el control,
supervisión y evaluación de la administración y de las finanzas de la entidad.
En los sistemas de justicia desarrollados, basados en
tribunales independientes, la administración del día a día se delega en
administradores profesionales –nombrados, supervisados y evaluados por la corte
superior- que deben ser personas con capacidad profesional y experiencia en el
campo de la administración pública y que comprendan los procedimientos
judiciales. Estos gerentes contribuirían
a mejorar la efectividad de las cortes superiores, no solo al proveer
información continua a los magistrados para que tomen las mejores decisiones
estratégicas y puedan vigilar y evaluar el desempeño de los tribunales, sino
también al permitirles dedicar la mayor parte de su tiempo a su función
primaria de impartir justicia.
La eficiencia del poder judicial es de suma
importancia para que pueda cumplir con su rol constitucional y, así, proteger a
todas las personas contra la violación de sus derechos. Para ello, el sistema
debe velar por que la justicia sea pronta, efectiva, imparcial, cumplida y
accesible a todos: en ello radica la base de un orden social duradero.
Cada guatemalteco debería ver el sistema judicial como su recurso primordial
para obtener justicia; si los tribunales no están a la altura de esta
expectativa, entonces la gente querrá hacer justicia por su propia mano y habrá
caos e ingobernabilidad. En tal sentido, las reformas en la estructura de
gobernanza de los tribunales adquieren una importancia trascendental.
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