viernes, 8 de julio de 2011

El Traslado del Asueto

Tanto esfuerzo que lleva aprobar una ley, para que cuando por fin la aprueban resulte que los diputados decidieron que de los 11 y medio días de asueto existentes en Guatemala, solamente uno (el mal llamado Día del Ejército) podía trasladarse a lunes o viernes cuando caiga entre semana. Para un huevo que ponés, tanta bulla que metés...


§ POLÍTICAS PÚBLICAS
EL TRASLADO DEL ASUETO



El descanso extendido puede impulsar el turismo local y promover un contacto directo con el patrimonio cultural 
Por primera vez en nuestra historia, el asueto correspondiente a la conmemoración de la Revolución del 30 de junio de 1871 se trasladó al viernes, en cumplimiento del Decreto 42-2010 que el Congreso aprobó en octubre del año pasado, lo cual generó una serie de reacciones. Se oyeron de nuevo algunas voces que opinan que en nuestro país hay muchos “feriados” y que estos deberían reducirse. Otros, en cambio, estuvieron a favor no sólo de los asuetos sino de la disposición de transportarlos al día hábil más próximo al fin de semana.
En realidad, Guatemala no tiene un excesivo número de asuetos oficiales en comparación con otros países, aunque las prácticas en este sentido varían ampliamente de un país a otro. Por ejemplo, los habitantes de Gran Bretaña gozan únicamente de 8 días de asueto oficial al año, mientras que en Japón gozan de 16; en promedio, la mayoría de países industrializados tiene 10 u 11 asuetos anuales.
Además de los asuetos, los trabajadores tienen derecho vacaciones: en Europa gozan de 25 a 30 días anuales, pero en China disfrutan solamente de 5 días, que se elevan a 10 cuando el trabajador tiene más de 10 años de laborar para el mismo empleador. La práctica (aunque no obligatoria) en los Estados Unidos es de 15 días al año.
Comparativamente no estamos mal. En Guatemala gozamos en total de once días y medio de asueto oficial cada año: el día del trabajo, el de la Revolución Liberal de 1871, el día de la Independencia, el de la Revolución de 1944, el día de los Santos, un día y medio para Navidad y otro tanto para Año Nuevo, además de los dos días y medio de la Semana Santa y, por último, el día de feria local (que para los capitalinos, por ejemplo, es el día de la Virgen de la Asunción).
Si a estos agregamos el periodo mínimo legal de vacaciones para los empleados en relación de dependencia, que  suman quince días anuales, los días de descanso pagados de un trabajador (contando los feriados oficiales) ascenderían a 26 y medio por año. Nada fuera de lo normal en comparación con otros países y muy lejos de los excesos que existieron en pleno esplendor de la antigua Roma, bajo el emperador Claudio, cuando habían 159 días de asueto oficial al año, de los cuales 93 eran para escenificar juegos y competencias. Pan y circo, que le decían.
Si bien es cierto que los asuetos entrañan costos económicos en términos de las horas de trabajo perdidas y de los negocios que se dejan de realizar, también lo es que, en realidad, ningún país se paraliza completamente durante estos descansos, que pueden también tener efectos positivos tangibles (como la actividad económica y el efecto multiplicador que generan el turismo y las compras de temporada, por ejemplo), e intangibles (como el incentivo a las expresiones culturales en los destinos turísticos o el efecto revitalizador que el descanso tiene sobre los trabajadores).
En tal sentido, y dado que los asuetos son un hecho de la vida, se justifica plenamente la disposición de “correr” dichos descansos (cuando caen a media semana) hacia el viernes a efecto de encadenar los días libres y, con ello, sacarles más provecho social: el descanso extendido puede ser un generador de turismo local y promover un contacto directo con el patrimonio cultural; puede aumentar el consumo y revitalizar a pequeños y medianos empresarios; y, puede mejorar la convivencia de las familias.
Por ello en la mayoría de países en América, ya sea mediante leyes ordinarias o reglamentos, se trasladan las festividades al lunes más próximo cuando éstas caen a media semana. Ello es, además, una práctica extendida globalmente: ante la crisis económica, incluso los países de Asia y Oriente Medio han modificado sus feriados para promover una inyección a sus economías locales.
Lo que es un desperdicio es que el referido Decreto 42-2010 excluyera diez y medio de los días de asueto existentes, dejando en la práctica al 30 de junio como el único asueto sujeto a trasladarse a viernes o lunes. Se entiende que las fiestas religiosas (como Navidad o Semana Santa) no puedan estar sujetas a la norma, pero las fechas cívicas (como el Día del Trabajo o la Revolución de Octubre) sí podían haberse sujetado al traslado. El turismo doméstico y la economía del país, agobiadas por la delincuencia y la “ley seca”, lo habrían agradecido.


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