domingo, 10 de abril de 2011

Tres Años Congelada

Una de las tragedias de Guatemala es que nos solemos ahogar en el mar de nuestros problemas, entre angustias por encontrarles alguna solución, y no nos damos cuenta de que tenemos a la mano las herramientas para hacerlo. Sucede que son muchos los que se dedican a quejarse, y otros tantos los que se dedican a sugerir soluciones ingeniosas. Pero son muy pocos los que se dedican a trabajar, con paciencia, en el cumplimiento de las pequeñas tareas que día a día (si se cumplieran) nos sacarían del abismo en que caemos. En materia de seguridad (el principal problema del país) tenemos, desperdiciada y olvidada, una de esas herramientas.

§ POLÍTICAS PÚBLICAS

TRES AÑOS CONGELADA

La Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, aprobada por el Congreso en marzo de 2008, ha sido inexplicablemente ignorada

Todas las encuestas de opinión indican, desde hace tiempo, que el principal problema que afronta el país es la inseguridad y la violencia. Todo mundo coincide en que “algo hay que hacer”, que “deberían aplicarse medidas” y que “hay que aplicar reformas”. Surgen también iniciativas ciudadanas, más o menos espontáneas, que plantean diversas agendas y propuestas de medidas para que “alguien” las implemente.

De lo que nadie se percata, aparentemente, es que existe desde hace tres años una Ley que suponía el inicio del necesario proceso de fortalecimiento y coordinación de las instituciones encargadas de la seguridad pública y dotaba al Estado de las herramientas para el cumplimiento de sus obligaciones en este ámbito. La Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, aprobada por el Congreso en marzo de 2008, ha sido inexplicablemente ignorada, no sólo por los funcionarios de gobierno obligados a cumplirla, sino por las organizaciones de la sociedad que debían fiscalizar su cumplimiento.

Con esta Ley se buscaba garantizar una institucionalidad fuerte y dinámica, profesionalizar los órganos estatales existentes (evitando crear órganos transitorios que no estén respaldados por la Ley), y proporcionar herramientas para la adecuada fiscalización colegiada, interna y externa, de las entidades que forman el Sistema Nacional de Seguridad, a fin de que éste pueda cumplir con la prevención de los riesgos, el control de las amenazas y la reducción de las vulnerabilidades en esta materia.

En la práctica, lamentablemente, es muy poco lo que de esta ley se ha puesto en práctica. El Consejo Nacional de Seguridad –CNS-, la máxima autoridad del sistema, sólo se ha reunido tres veces en tres años, lo que ha impedido que se aprueben las políticas y reglamentos que la Ley exigía emitir en plazos perentorios que no han sido cumplidos.

La Ley también dispone que el CNS cuente con una Secretaría Técnica que lo respalde, pero hasta ahora no se ha respetado el procedimiento formal de nombramiento del titular de dicha entidad, la cual tampoco ha contado con el presupuesto que le permita operar adecuadamente, y apenas subsiste con donaciones del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.

Otro aspecto que abarca la Ley es la gestión de riesgos y defensa civil, enfocada a desarrollar políticas descentralizadas de prevención, mitigación y respuesta ante desastres que puedan afectar a la población. En la práctica, sin embargo, se ha recurrido reiteradamente a mecanismos centralizados por medio de múltiples decretos de calamidad pública que, dicho sea de paso, permiten la adquisición de suministros y la contratación de obras fuera de la Ley de Contrataciones el Estado.

La Ley también crea el Sistema Nacional de Inteligencia; desafortunadamente, uno de sus principales órganos, la Secretaría de Inteligencia del Estado, ha operado con muchas limitaciones, especialmente financieras, con un presupuesto (dos millones de dólares en 2010) que cubre apenas los rubros de funcionamiento básico para un grupo reducido de personal. Como resultado, hasta el momento la referida Secretaría aún no ha formulado ni la Agenda de Riesgos y Amenazas, ni el Plan Nacional de Inteligencia que la ley exige.

La Ley también introduce controles externos e Internos desde el ámbito legislativo, judicial y ciudadano. Se creó la Comisión Legislativa de Asuntos de Seguridad Nacional y de Inteligencia que, en la práctica, no ha pedido más que un único informe en 2010, rendido por la Secretaría Técnica del CNS; en tres años, no ha emitido ningún dictamen sobre proyectos de ley ni ha exigido el cumplimiento de los plazos que la Ley manda para la emisión de reglamentos y políticas. Asimismo, la Ley establece que la Inspectoría General, responsable de velar por el cumplimiento de los controles internos, debe rendir informes permanentes al CNS, lo cual no ha ocurrido, entre otras razones, porque dicha Inspectoría aún no cuenta con el reglamento que la regule.

Cabe preguntarse si esta cadena de incumplimientos es producto de la sempiterna negligencia del aparato estatal o si, terroríficamente, se trata de obstrucciones deliberadas para impedir el fortalecimiento de las instituciones de seguridad y la aplicación de políticas efectivas de combate a la delincuencia.

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