La reforma del Sistema de Justicia no solo es necesaria, sino que es, quizá, una de las reformas institucionales más importantes para que Guatemala tenga viabilidad como país. Por eso resulta decepcionante que la iniciativa de reformas constitucionales al sector justicia haya llegado al Congreso plagada de errores elementales, conceptuales y hasta de redacción. Y, para más inri, muchos de los diputados "ponentes" ni siquiera la leyeron antes de firmarla.
Sería de necios negar que el sistema de justicia en
Guatemala tiene innumerables debilidades que generan graves obstáculos a la
gobernabilidad, al desarrollo económico y a la paz social. Ello clama por una
efectiva reforma que garantice la independencia de los jueces y una mejora de su
efectividad y organización institucional. Por ello, sería de necios oponerse a
una reforma constitucional que atienda este clamor.
También sería de necios no reconocer el esfuerzo que
diversas entidades nacionales (como el Ministerio Público o la Procuraduría de
los Derechos Humanos) e internacionales (como la CICIG), así como un amplio
espectro de organizaciones ciudadanas, hicieron en meses recientes durante
largas sesiones de trabajo para discutir las reformas a la Constitución en
cuanto al sector justicia.
Tal esfuerzo fue muy meritorio. Sin embargo, cuando se
lee el texto que se convirtió –mediante la firma de un grupo de diputados, que
ojalá la hayan leído antes- en iniciativa de ley, se aprecian varios errores
conceptuales y de redacción que demeritan el esfuerzo realizado durante las
agotadoras mesas de diálogo de meses previos. Estos errores pueden
justificarse, quizá, por la premura con que se redactó el texto final, lo cual
es una lástima porque la prisa suele ser mala consejera (y más tratándose de
algo tan trascendental como una reforma constitucional).
Si bien, en general, la iniciativa de reforma presenta
mejoras considerables para superar muchas de las limitaciones a la garantía de
independencia del Poder Judicial, también es cierto que incluye propuestas que
deben ser corregidas ya que, de lo contrario, podrían impedir que se alcancen
los objetivos planteados y hasta debilitar la institucionalidad del Poder
Judicial. Al menos tres aspectos de la iniciativa ameritan ser corregidos.
El primero es el tema del Consejo de la Carrera
Judicial. Resulta muy peligroso que se cree una entidad súper-independiente,
separada de la jerarquía de la Corte Suprema, para dirigir la carrera judicial;
ello equivale a crear un poder autónomo (vulnerable a ser capturado por grupos
de interés) dentro del Poder Judicial. Lo planteado en la iniciativa es un
absurdo organizacional que debería corregirse sin mayor dificultad, sujetando
el Consejo a la autoridad de la Corte.
El segundo se refiere al mandato del Ministerio
Público y la elección del Fiscal General. Por un lado, la iniciativa pretende
redefinir el mandato del MP, eliminándole la actual responsabilidad de velar
por el cumplimiento de la ley y dejándolo sólo a cargo de ejercer la acción
penal, lo cual iría en detrimento de una investigación criminal objetiva. Por
otro lado, también se pretende que en la elección de Fiscal General participe
el propio Organismo Judicial, lo cual evidentemente menoscabaría la
independencia que debe tener la persecución penal respecto de quienes imparten
justicia.
El tercer aspecto a corregir se refiere a la propuesta
de reformar algunos principios de administración de justicia, entre los que
destaca el de incluir a la oralidad como principio general del sistema, lo cual
tendría un efecto sobre los procesos de todas las materias judiciales, aspecto
sobre el cual ciertamente no existe consenso (la oralidad es efectiva en
materia penal, pero quizá no lo sea tanto en materia civil y mucho menos en el
área mercantil).