La reforma del sector justicia -incluyendo una reforma al marco constitucional- es una tarea delicada y riesgosa, pero no por ello debe eludirse ni posponerse
El correcto funcionamiento del Poder Judicial es
fundamental para que prevalezca el Estado de Derecho y el sistema de frenos y
contra pesos en el poder público, así como para que la sociedad pueda tener un
mínimo de seguridad, certeza jurídica, formas de resolver pacíficamente sus
disputas, y posibilidades de prosperar. Existe suficiente evidencia para
afirmar que el sistema de justicia en Guatemala reclama una reforma, pues su debilidad
institucional y baja eficiencia tienen consecuencias no sólo de naturaleza
humana y social, sino que también imponen un serio obstáculo al desarrollo
económico.
Claro que la reforma del sector justicia solamente es
una pieza de una más amplia agenda de desarrollo que requiere el país y que
debería incluir una profunda reforma del sistema electoral y de partidos
políticos; la mejora acelerada del capital humano (educación, seguridad
alimentaria y salud pública); y, la profundización del combate a la corrupción
(incluyendo una reforma de la Contraloría de Cuentas). Pero, por el momento, la
del sector justicia parece ser la única reforma concreta que está avanzando de
manera estructurada y con suficiente músculo político (de la CICIG, del
Ministerio Público y, aparentemente, de los tres poderes del Estado).
Sin embargo, hay diversas opiniones respecto de la
profundidad y alcance que debe tener dicha reforma. Incluso hay quienes se
atreven a afirmar (contra toda evidencia) que el sistema está funcionando bien
y que no requiere reforma alguna. De manera similar, hay quienes afirman que sería
suficiente con hacer reformas administrativas y de procedimientos judiciales.
Estas opiniones, evidentemente, no se sostiene ante los hechos que día a día
ocurren en los tribunales de justicia del país.
Donde puede existir una duda legítima es respecto de si
basta con reformar leyes ordinarias, o si resulta imprescindible modificar la
Constitución Política de la República. Al respecto, el reciente proceso de
diálogo en torno al tema ha sido esclarecedor en cuanto a que, efectivamente,
muchos temas pueden abordarse mediante reformas a leyes ordinarias (como en los
casos del amparo, la carrera judicial o el pluralismo jurídico). Sin embargo –y
aunque produzca cierta justificada inquietud- existen otros temas que requieren
inevitablemente una reforma constitucional.
Tales temas incluyen: la forma de elección de los
magistrados de las cortes Suprema y de Constitucionalidad (mediante un proceso,
sin comisiones de postulación, que premie el mérito, la experiencia y las
calidades profesionales); la necesaria ampliación del período de funciones de
los magistrados; la renovación escalonada del pleno de magistrados; la
ampliación de los grados que se incluyen en la carrera judicial (para incluir,
como mínimo, a las magistraturas de la Corte de Apelaciones); y, la forma de
elección y período de funciones del Jefe del Ministerio Público.
Adicionalmente, y aunque no sea estrictamente necesario, sería conveniente establecer
a nivel constitucional la disgregación de las funciones jurisdiccionales de las
administrativas dentro de la estructura orgánica del poder judicial.